Economía, Gestion

Acercamiento al sistema de ayudas indirectas en Colombia. (coescrito con @dbriveiro)

By acolombano

Colombia es actualmente uno de los países con mayor crecimiento en inversión extranjera directa (IED). Tras los episodios de conflicto armado que sufrieron desde la década de los 60, época con gran impacto en la sociedad colombiana, en su estrategia de crecimiento y desarrollo y en la atracción de inversión extranjera, en los últimos años se está produciendo una etapa de desarrollo y fuerte crecimiento que no ha pasado inadvertido en este mundo globalizado. Tal y como muestra la evolución del PIB en los últimos años, salvo la caída experimentada en 2009, los ratios de crecimiento son positivos y constantes (fuente: DANE):

PIB_COL

A la vista de la importante actividad e impulso que está experimentando la actividad constructora en Colombia, con una variación interanual del 16,9% en el primer trimestre de 2013, muchas empresas internacionalizadas han puesto sus ojos en los últimos años y estableciéndose en el país, hemos realizado un primer análisis de la situación de la I+D+i y las perspectivas de crecimiento desde diferentes ángulos, sin centrarnos en este sector en concreto sino más bien hacer una panorámica más general. Como espacio abierto que es este blog, cualquier comentario al respecto es más que bienvenido que contribuya a definir mejor la fotografía que estamos tratando de realizar.

A pesar de los ratios de crecimiento del país en los últimos años y de la creciente importancia que se le está otorgando a la I+D+i como factor clave de crecimiento, el sistema ciencia-tecnología-empresa muestra a día de hoy serios problemas de desconexión e incomunicación, lo cual provoca un escaso esfuerzo innovador y una muy limitada introducción de soluciones innovadoras en el mercado y la industria, tal y como apunta -por ejemplo- Moisés Wasserman en una reciente entrevista. Según datos del Banco Mundial, Colombia ha invertido en el año 2010, únicamente un 0,16% de su PIB en actividades de investigación y desarrollo. En la gráfica que se muestra a continuación se puede observar la delicada posición del país con respecto al resto de países de la OCDE en materia de rendimiento del sistema nacional de ciencia e innovación en el año 2011:

S_I_Col

Las causas principales que pueden explicar este funcionamiento un tanto errático del sistema pueden encontrarse en , problemas en la propiedad y explotación de resultados, las asimetrías de la información y recursos, descoordinación de las propiedades y líneas estratégicas, o la superación de las barreras de entrada a la investigación.

Desde los diferentes vértices del sistema se han levantado numerosas voces informando sobre esta situación, y la Administración ha elaborado en los últimos años diversos planes de estímulo a la innovación, cuyos efectos se van observando en los diferentes índices relativos a la propiedad intelectual:

patentesAmpliando levemente el zoom en el ámbito de las patentes, se observa un fuerte desequilibrio entre las empresas nacionales y las extranjeras que operan en el país, mostrando un gap importante que está tratando de reducirse a través de la aplicación de estos planes:

co10Para continuar en esta línea de desarrollo y revertir la situación de desequilibrio, el Estado colombiano incluyó dentro de sus prioridades el fomento y estímulo al desarrollo científico, tecnológico y a la innovación, reconociéndolos como requisito fundamental para superar el atraso del país y lograr una sociedad eficiente y competitiva dentro del mundo de las economías globalizadas.

Ejemplo de ello es el desarrollo y fortalecimiento de su sistema nacional. Así, gracias a la Ley 29 de 1990 se constituyó el Sistema Nacional de Ciencia y Tecnología (SNCyT), creándose en 1995 el Sistema Nacional de innovación (SNI), fusionándose posteriormente en el actual Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación (SNCTI) según la Ley 1286 de 2009 “Ley de Ciencia y Tecnología».

Para tratar de potenciar la actividad innovadora desde la iniciativa privada, tratando de aumentar al 0,5% del PIB para actividades de I+D en el año 2014 (según OECD), la legislación tributaria colombiana contempla diferentes beneficios que incentivan las actividades de ciencia, tecnología e innovación (CTI).

Uno de los mecanismos de estímulo es el de las deducciones fiscales por actividades de I+D+i. En este caso, existen dispostivos de deducción sobre el impuesto que grava las operaciones ordinarias, esto es, el Impuesto de la Renta y Ganancia Ocasional:

IMPUESTO

DEFINICIÓN

TARIFA

Renta y Ganancia Ocasional

El impuesto sobre la renta tiene cubrimiento nacional y grava las utilidades derivadas de las operaciones ordinaras de la empresa. El impuesto de ganancia ocasional es complementario al impuesto sobre la renta y grava las ganancias derivadas de actividades no contempladas en las operaciones ordinarias.

Impuesto de renta: 25%

Ganancia Ocasional: 10%

Los dispositivos de deducciones fiscales existentes se contemplan en el Estatuto Tributario:

  • En el Artículo 158-1, se mencionan las deducciones por inversión o donación en proyectos calificados como de investigación y desarrollo tecnológico, según los criterios y las condiciones definidas por el Consejo Nacional de Beneficios Tributarios en Ciencia, Tecnología e Innovación – CNBT.
  • En el Artículo 428-1, se habilita la exención del impuesto del valor agregado (IVA) a las importaciones de equipos destinados a proyectos calificados como de carácter científico, tecnológico o de innovación según los criterios y las condiciones definidas por el CNBT.

Por otro lado, la Ley 788 de 2002 agregó un nuevo beneficio de renta exenta por la comercialización de nuevo software y nuevos productos medicinales elaborados en Colombia y certificados por Colciencias (Articulo 207-2 del Estatuto Tributario).

Las definiciones de I+D+i incluidas en la legislación están armonizadas con el resto de legislación internacional, extraídas del Manual de Frascati o la Norma UNE166000:2006EX, lo que facilita la interpretación y aplicación de esta normativa.

De forma anual, las deducciones fiscales están sujetas a una cuantía global máxima, publicada a través de Orden. Así, el 3 de diciembre de 2012 a través de la Orden 06 de 2012 se estableció la cuantía máxima de deducción prevista en el artículo 158-1 del Estatuto Tributario, de acuerdo con el Artículo 36 de la Ley 1450 de 2011 “INVESTIGACIÓN Y DESARROLLO TECNOLÓGICO”.

En su Artículo Primero “Cupo de deducibilidad para el año gravable 2013”, el cupo de deducibilidad total que por inversiones o donaciones hagan los contribuyentes de renta en proyectos calificados como de investigación y desarrollo tecnológico para el año gravable de 2013 será de $1.750.000.000.000, que corresponde a un valor base de inversiones o donaciones con derecho a deducción para dichos proyectos por valor de $1.000.000.000.000. Este límite total de aplicación no existe en España, por ejemplo, en el que no existe una asignación máxima “de facto” para poder aplicarse las deducciones, sino que toda empresa que tenga cuota puede deducirse por la realización de estas actividades.

En su Artículo Segundo “DEDUCCION POR TAMAÑO DE EMPRESA”, se establece que del valor de la deducción y la base de inversiones y donaciones establecidas en el artículo anterior:

  • Gran empresa: 70%.
  • Mediana empresa: 15%
  • Pequeña empresa: 10%.
  • Microempresa: 5%.

Tal y como apunta KPMG en el informe que repasa los incentivos fiscales en materia de I+D+i en América, las actividades susceptibles de ser consideradas como I+D+i son:

  • Desarrollo de SW.
  • Nuevos productos médicos.
  • Proyectos de inversión en ciencia y tecnología.
  • Donaciones en proyectos de ciencia y tecnología.
  • Mejoras en el equipamiento realizacionado con la I+D, reconocido por Colciencia y otras instituciones reconocidas por el Ministerio de Educación.

Para poder aplicar la deducción fiscal correspondiente es requisito necesario registra el proyecto en el portal de Colciencias, el desarrollador debe estar reconocida por Colciencias como entidad tecnológica (según Acuerdo 3 de 2011), y se debe proporcionar información del proyecto, referencias del personal investigador, etc. para que, en un plazo de 6 meses, pueda emitir el informe conclusivo correspondiente.

A modo de conclusión se puede afirmar que, a pesar de la situación de escaso esfuerzo innovador y debilidad en la generación de conocimiento, existe un interesante trabajo de desarrollo normativo y estímulo a la iniciativa innovadora (es de destacar que en 2013 se duplicará el presupuesto previsto para innovación, hasta alcanzar los 516M$), que tratará de servir de catalizar para poder alcanzar en los próximos años la media de la OCDE en este ámbito, y con ello, garantizar la competitividad y crecimiento de las empresas colombianas.

Coescrito con @dbriveiro y publicado en dbriveiro.wordpress.com

Próximas entradas un análisis más detallado del sistema de I+D+i en Colombia.

acolombano


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